SUBVENCIONES PARA LA CONCILIACION DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
05/05/2021
Las personas que pueden beneficiarse son:
- personas trabajadoras por cuenta ajena
- personas trabajadoras dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Las subvenciones están destinadas a:
- Línea 1: ayudar a personas trabajadoras en situación de excedencia laboral o reducción de jornada para el cuidado de hijos o hijas o para el cuidado de algún familiar.
- Línea 2: ayudar por la contratación de personas trabajadoras dadas de alta en el Sistema de Especial para Empleados de Hogar para el cuidado de hijos o hijas o familiares.
Plazo de solicitudes: del 30 de abril de 2021 al 31 de octubre de 2021.
(Cofinanciable con el Fondo Social Europeo)