Cuando alguien se enfrenta a un proceso judicial se encuentra perdido y lleno de preguntas, especialmente si no cuenta con recursos económicos para afrontar los pagos que conlleva un juicio. Aquí encontrarás respuesta a algunas de las preguntas más comunes cuando necesitas solicitar acceso a la justicia gratuita.
¿Qué conocemos por Justicia Gratuita?
Cuando hablamos de Justicia Gratuita, nos referimos a un trámite que se reconoce a todas aquellas personas que no cuenten con los recursos económicos suficientes para pagar el proceso judicial. Es decir, si se te concede este trámite no tendrás que hacerte cargo de los gastos y el sueldo de tu abogado y de tu procurador.
Pero, ¿Qué es el procurador y en qué se diferencia de un abogado/a?
Tanto el abogado/a como el procurador/a tienen la carrera de Derecho y ambos se representan frente al juzgado. El procurador/a es quien se va a encargar de las comunicaciones entre el abogado/a y el juzgado, sin embargo, el abogado/a es quien te va a defender personalmente en el juzgado y quien va a hacer los escritos para tu caso.
Cuando te han confirmado justicia gratuita, los profesionales implicados en tu procedimiento (tanto abogado/a como procurador/a), son pagados por la Administración, y no tendrás que pagar por el trabajo que realicen en tu proceso judicial.
¿Quiénes pueden acogerse a esta justicia gratuita?
Primero, aquellas personas o unidades familiares, que no superen los siguientes salarios brutos al año, por ejemplo, si solo eres una persona la cual no estás dentro de ninguna unidad familiar serían unos 12.780,26 € como máximo.
Segundo, los ciudadanos/as españoles, nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros/as que residan en España, cuando demuestren que no tienen recursos para poder pagar.
¿Puedes pedirle a un abogado/a de tu confianza que actúe como tu abogado/a de oficio?
La respuesta es sí, pero este abogado/a de confianza debe de renunciar a su salario, ante el Colegio de Abogados correspondiente (Tiene que hacerse mediante un escrito).
Vale, pero y si te han asignado un abogado/a de oficio, pero luego te quitan la justicia gratuita, ¿Quién paga al abogado/a de oficio si ya ha realizado parte de su trabajo?
En estos casos el coste del abogado/a tendrías que pagarlo tú, desde el inicio hasta el final del proceso, o bien hasta donde hubiese realizado su trabajo el abogado/a, al igual que debes tener en cuenta el coste del trabajo del procurador./a. ¿Qué funciones se incluyen dentro de esta Justicia Gratuita?
A continuación, te dejamos un vídeo explicativo para que entiendas mejor el concepto de justicia gratuita y si puedes acceder a ella.