Proyecto Vuela

Acompañamiento en red para la autonomía de jóvenes que han tenido medida de protección o medida socioeducativa en Castilla la Mancha.

BECAS Y AYUDAS A ALUMNOS DE NIVELES POST-OBLIGATORIOS.

Formación
Persona poniendo monedas en su hucha para cubrir los gastos de estudios

Desde el Proyecto VuelA, queremos recordarte que el plazo de presentación de solicitudes para solicitar la beca, está abierto desde el 19 de marzo de 2024 a las 09:00 hasta el 10 de mayo de 2024 a las 15:00. La educación postobligatoria en España corresponde a los estudios que se realizan al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

 

¿A qué beca nos referimos? A las becas y ayudas concedidas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para alumnos y alumnas que vayan a realizar estudios postobligatorios como Bachillerato, Grados Medio y Superior, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, Deportivas, idiomas o estudios universitarios en el curso 2024-25.

 

Todos los trámites relativos a la solicitud pueden realizarse online.

 

La tramitación se realiza mediante la sede electrónica de este Ministerio de becas y ayudas y la autenticación puede hacerse de dos maneras:

 

1.Mediante usuario (DNI o NIE) y contraseña establecida por el usuario en el momento de registrarse.

 

2.Mediante certificado electrónico, integrado en la plataforma Cl@ve. Si se utiliza esta forma de autenticación, todas las consultas que se realicen acerca del estado de la tramitación deberán hacerse de la misma forma.

 

  • La firma se realiza mediante la inclusión de ciertos datos del documento de identidad (fecha de caducidad, o bien IDESP o IXESP).
  • No hay que presentar documentos para realizar la solicitud, salvo que se soliciten.
  • Contra resoluciones provisionales se podrán presentar alegaciones (en el plazo de 10 días), y contra la resolución definitiva (publicación de las listas de beneficiarios con los importes concedidos en la web del Ministerio), recurso de reposición (en el plazo de un mes) o recurso contencioso - administrativo (dos meses).
  • Ni la solicitud ni ninguno de los trámites (salvo el recurso contencioso - administrativo) supone coste alguno para la persona que lo solicita.
  • Se deberá presentar la solicitud en el plazo indicado y, en caso de que se le requiera algún documento, en el plazo que se le indique en dicho requerimiento.
  • La Directora General de Planificación y Gestión Educativa dictará la resolución definitiva de la convocatoria en el plazo máximo de seis meses, computados a partir del momento en que se disponga de la información necesaria para asignar la cuantía variable facilitada por las administraciones públicas, las universidades y las Comunidades Autónomas.
  • El silencio administrativo es negativo.

 

Si necesitas ayuda para realizar alguna de estas gestiones, ponte en contacto con el Proyecto VuelA.

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